Para quien piense que con encontrar un comprador para nuestra propiedad ja estamos al final del trayecto, hay que decir que no se acaba todo con el ingreso del montante de la operación, sino que hay que prever que la venta tiene costes derivados. Por este motivo nos planteamos cuánto cuesta vender una vivienda en Sant Cugat.

El que realiza la compra tendrá que asumir el coste del IVA o el Impuesto de Transmisión Patrimonial (ITP) y el de tasación. Pero hoy centrémonos en los costes que tendrá que asumir el vendedor del inmueble y que en cada localidad pueden ser diferentes dependiendo del caso.

Impuestos

Cuando realizamos una venta de un activo patrimonial deberemos hacer frente a tres tipos diferentes de impuestos y otros gastos:

  • La plusvalía municipal que graba el incremento de valor que el terreno donde se ubica la vivienda ha experimentado desde su compra en los últimos años (hasta un máximo de 20 años). El tipo impositivo en Sant Cugat es del 29% de la base imponible de este incremento.

Muchos ayuntamientos están obligados a devolver el importe cobrado en este concepto al vender el inmueble con pérdidas. Si éste es tu caso y quieres saber qué posibilidades de reclamación tienes, puedes pedir asesoramiento a nuestros profesionales.

  • IBI. Es el impuesto sobre bienes inmuebles y el propietario tiene que abonarlo a partir del 1 de enero del año en curso. Si la compraventa se realiza a principios de año se puede acordar que el comprador asuma su parte proporcional. El tipo de gravamen en Sant Cugat sobre la base liquidable es de un 0,513%.
  • IRPF. Si quien vende el inmueble realiza la venta por un precio superior al que la compró en su día, tendrá que declarar el beneficio obtenido en la próxima declaración de la renta.
  • Cédula de habitabilidad. Éste es el documento que certifica que el inmueble en venta cumple los requisitos mínimos de salubridad, solidez y higiene para que pueda ser habitado. La ley obliga a que todas las viviendas en venta dispongan de este certificado.
  • Certificado de eficiencia energética. Este documento informa sobre el grado de eficiencia energética de la vivienda. Desde el 1 de junio del 2013 esta información es obligatoria en el momento de anunciar la vivienda y el notario la pedirá el día de la firma de la compra.
  • Gastos de hipoteca. Si la vivienda que vendemos tiene a su cargo una hipoteca, el vendedor tendrá que asumir los gastos de cancelación o subrogación de ésta. Todo dependerá de las condiciones pactadas en su momento con la entidad financiera.
  • Notario. El comprador asume en la práctica los gastos generados por la escritura de compraventa, pero, si no se llega a un acuerdo habrá que dirigirse al código civil para repartir los costes. Si se llega a este punto, el vendedor tendrá que asumir el coste de la escritura original y el comprador, el pago de la primera y las siguientes copias que se requieran sobre el original.
  • Certificados de comunidad. Las escrituras de la comunidad son documentos que normalmente ya tiene el propietario antes de vender la vivienda. Pero si no las tiene las tendrá que solicitar.
  • Honorarios profesionales de la agencia inmobiliaria. En el caso de Feliu Franquesa incluyen el servicio de asesoramiento jurídico y fiscal básico. En caso de necesidad de un asesoramiento extraordinario se sumarian los honorarios profesionales del despacho legal.

Y otro gasto que hay que tener en cuenta es el certificado de estar al corriente del pago con la comunidad, un documento que indica que no existen cargas sobre la vivienda.

Desde nuestra inmobiliaria te podemos ofrecer el detalle de costes que tendrás que asumir y gestionar su trámite. Solamente tienes que ponerte en contacto con nosotros.

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